¿Soy elegible para una exención (perdón) de inadmisibilidad para inmigrar a los Estados Unidos?

Al solicitar la residencia en los Estados Unidos, ya sea dentro de los Estados Unidos o fuera de los Estados Unidos, su estado de admisibilidad es crítico. Una persona puede ser declarada inadmisible por muchas razones, como residir en los Estados Unidos después de la expiración de su estadía autorizada, ingresar a los Estados Unidos indocumentado o ser condenado por un delito. Ser declarado inadmisible significa que actualmente no es elegible para obtener su residencia, pero hay exenciones disponibles para eludir este problema si cumple con ciertos requisitos.

¿Qué es una exención (perdón) de inadmisibilidad?

Una exención (perdón) de inadmisibilidad es una exención que le permite obtener su residencia a pesar de su estado actual de inadmisibilidad. En la mayoría de los casos, esto consiste en solicitar la exención y demostrar su elegibilidad para la exención.

¿Quién califica para una exención de inadmisibilidad?

Hay varios tipos diferentes de exenciones, y es importante solicitar la exención correcta dependiendo de por qué se consideró inadmisible. Cada exención tiene sus propios requisitos para la aprobación.

I-601: Esta exención está disponible para aquellos que tienen un cónyuge, prometido o padre que es ciudadano o residente permanente legal y experimentaría dificultades extremas si se le negara la admisión a los Estados Unidos. Desafortunadamente, si tiene un hijo que es ciudadano o residente legal permanente, no se considera un pariente calificado para esta exención.

INA 237 A1H: Esta exención se utiliza para aquellos que fueron declarados inadmisibles debido a fraude o tergiversación. Similar a la exención I-601, aún debe demostrar que un pariente calificado experimentaría dificultades extremas si no puede inmigrar. Si se descubrió que ha hecho un reclamo falso de ciudadanía estadounidense, no es elegible para esta exención.

212(H): La exención 212(H) se utiliza en los casos en que la inadmisibilidad proviene de una condena penal. Se puede renunciar a ciertos delitos para permitir la inmigración, como la posesión de una pequeña cantidad de marihuana. Usted es elegible para esta exención si han pasado más de 15 años desde el delito, o si tiene un cónyuge, prometido, hijo o padre que es ciudadano estadounidense o residente legal. Al igual que con el resto de las exenciones que hemos discutido, aún debe demostrar que el pariente calificado experimentaría dificultades extremas si se le negara la entrada.

¿Cuáles son los desafíos para recibir una exención de admisibilidad?

El mayor desafío para obtener una exención es demostrar que 1) su pariente calificado enfrentaría dificultades extremas si se le negara y 2) merece un ejercicio favorable de discreción.

Las calificaciones para dificultades extremas incluyen que su pariente estadounidense dependa financieramente de su inmigración o que requiera un cuidador para asistencia médica. Puede probar dificultades proporcionando evidencia, como prueba de deudas o una carta de un profesional médico que indique que su pariente requiere su asistencia médica.

Un hallazgo de dificultades extremas permite, pero nunca obliga, a un oficial de inmigración o a un juez de inmigración, a un ejercicio favorable de discreción. Si el oficial o juez de inmigración encuentra la dificultad extrema requerida, el oficial o juez de inmigración debe determinar si deben otorgar la exención como una cuestión de discreción basada en una evaluación de los factores positivos y negativos relevantes para el ejercicio de la discreción. Las relaciones familiares con ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales y un hallazgo de dificultades extremas para uno o más de esos miembros de la familia son factores positivos significativos que considerarán.

¿Cómo puedo saber si soy elegible para una exención de admisibilidad?

Hay varios tipos diferentes de exenciones y cada una tiene sus propios requisitos de elegibilidad. Rotella & Hernández tiene años de experiencia en leyes de inmigración, y podemos ser su socio a través del proceso de solicitud de una exención. Llámenos al (305) 596-3618 para programar su consulta y ver si califica hoy.

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