Trump ha desmantelado DACA: Si usted es beneficiario, ¿qué hay nuevo para usted?

La Acción Diferida para quienes llegan en la Infancia (DACA, por sus letras en inglés) fue establecida por el Presidente Obama en junio del 2012 como alivio para individuos indocumentados. Se proponía ayudar personas que emigraron a los Estados Unidos siendo niños, dándoles un tiempo limitado de estadía en el país y obtener un permiso de trabajo. El 5 de septiembre del 2017, el Presidente Trump dio la orden de ponerle fin gradualmente a DACA. Esto significa que el programa será eliminado gradualmente en un periodo de dos años y medio a menos que el Congreso encuentre una manera de salvar el programa.

Es comprensible que usted se encuentre frustrado por el cambio si le ha sido otorgado DACA, tiene una solicitud pendiente o estaba considerando DACA como una opción. Sin embargo, usted debe entender sus derechos inmigratorios a la luz del programa cancelado. Aquí presentamos un resumen de los cambios para ayudarle a planear sus próximos pasos.

¿Todavía puedo enviar una solicitud nueva?

A partir del 5 de septiembre del 2017, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus letras en inglés) rechazará todas las solicitudes de DACA “por primera vez”. Eso significa que ya no puede presentar una nueva solicitud de DACA.

¿Qué pasa con las nuevas solicitudes?

¿Su DACA expira entre el 5 de septiembre del 2015 y el 5 de marzo del 2017? En caso afirmativo, debe enviar una solicitud para renovar el DACA que ha le ha sido otorgado en o antes del 5 de octubre del 2017 ya que USCIS continuará procesando solicitudes únicamente hasta dicha fecha. Tenga presente que es un periodo muy corto así que debe empezar inmediatamente.

USCIS rechazara todas las solicitudes recibidas después del 5 de octubre del 2017. Asegúrese de que la solicitud de renovación no tenga simplemente los sellos de correo en esa fecha pues esta debe ser recibida por USCIS el 5 de octubre.

¿Qué pasa con mi solicitud pendiente? 

Si ya ha presentado una petición con anterioridad al 5 de septiembre del 2017 bien sea para el otorgamiento de DACA nuevo o para una renovación, su solicitud debe estar pendiente todavía. En tal caso, USCIS le dará trámite a su solicitud.

¿Qué pasa si ya tengo DACA?

Si tiene actualmente un otorgamiento de DACA que no ha expirado, usted lo conservará hasta la fecha de expiración del mismo. Por tanto, se considerará que usted se encuentra protegido por DACA hasta la fecha de expiración de su permiso de trabajo. 

¿Qué pasa con mi permiso de trabajo? 

¿Usted tiene un permiso de trabajo, formalmente denominado Documento de Autorización para Emplearse (EAD, por sus letras en inglés), adicionalmente a su otorgamiento de DACA? No se preocupe aun por perder su trabajo puesto que su EAD permanecerá válido hasta que expire. Esto significa que tiene derecho a continuar trabajando. También puede solicitar nuevos empleos y cambiar de trabajo hasta la fecha de expiración del EAD. Recuerde que si su empleador le pregunta acerca de la situación de su DACA, usted no tiene la obligación legal de responder. Tampoco puede su empleador despedirle legalmente o ponerlo bajo licencia hasta que su permiso de trabajo expire.

¿Todavía puedo viajar fuera del país?

No. Como titular de DACA ahora tiene la restricción de viajar fuera de los Estados Unidos a partir del cambio realizado por el gobierno el 5 de septiembre de 2017. A esto se le denomina Permiso de Reingreso. USCIS rechazara todas las solicitudes nuevas para salir del país y cierra administrativamente todas las solicitudes pendientes.

Si le fue aprobado con anterioridad un permiso de reingreso, puede ser que esté en capacidad de viajar dentro de las fechas indicadas en su documento de viaje. Debe hablar con un abogado de inmigración para tener certeza que esta es una buena idea. En muchos casos, no se garantiza su reingreso si sale del país.

¿Qué más necesito saber?

Cualquier persona que tenga una situación inmigratoria incierta debe mantenerse alejado de cualquier problema con la ley y evitar contacto con agencias de aplicación de la ley que pueda implicar un arresto. Usted tiene derecho a permanecer en silencio en caso de ser detenido o cuestionado por ICE. Si tiene algún problema legal o es arrestado, póngase en contacto inmediatamente con un profesional del derecho en materia de inmigración. Si tiene una condena penal, contacte inmediatamente a un abogado especializado en inmigración para efectos de estudiar sus opciones y posiblemente cambiar su condena y disminuir el impacto de un futuro caso de inmigración que usted pueda llegar a tener.

Si tiene una solicitud de DACA pendiente, asista puntualmente a su cita para huellas y suministre a USCIS cualquier otra información que puedan llegar a necesitar para el procesamiento de su solicitud.

Quienes tienen actualmente DACA y permiso de trabajo, soliciten su número de Seguro Social (SSN, por sus letras en inglés) antes de la expiración de su situación legal. Su SSN permanecerá valido toda su vida. También debe verificar los requisitos de su Estado para la expedición de licencia de conducir o documento de identificación estatal y solicítelo si reúne los requisitos. Estos documentos pueden ser de utilidad para su situación inmigratoria en los EE.UU.

¿Qué otras opciones tengo?

La cancelación de DACA puede hacerle sentir como si todo estuviese perdido, pero es importante que tome acción lo más pronto posible. Bien sea que necesite ayuda con su solicitud de renovación, viajar fuera de los EE.UU., con un arresto por un delito, un proceso de deportación u otros asuntos de inmigración, asegúrese de contactar un abogado con experiencia y amplio conocimiento como los abogados de Rotella & Hernández. Llámenos para obtener la guía compasiva de un abogado de inmigración excepcional. Nos vamos a asegurar de que usted tenga la tranquilidad de conciencia que le permita seguir adelante con su vida.

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