Una Corta Guía para Lograr el Debido Cumplimiento de la Cuota Alimentaria en Florida

En tanto que la crianza reporta muchas recompensas, la crianza compartida viene frecuentemente acompañada de una larga lista de retos. Cuando el otro padre de su hijo se niega a pagar la cuota alimentaria de conformidad a la orden judicial correspondiente, puede añadir aún más tensión a una situación ya de por si agobiante. No es simplemente cuestión de dinero – se trata de satisfacer las necesidades básicas de su hijo. ¿Cuáles son los pasos legales que puede usted tomar para estar seguro de encontrarse financieramente estable para dar cumplimiento a esas necesidades?

Tratándose de una orden para obligar al cumplimiento de la cuota alimentaria, las leyes de Florida son relativamente estrictas. Usted tiene múltiples recursos legales a su disposición. Para efectos de obtener el cumplimiento de la orden de cuota alimentaria, será necesario que de varios pasos con la ayuda de su abogado. Es importante contratar los servicios de un abogado que se especialice en derecho de familia y entienda que lo que usted necesita obtener de sus acciones para obtener el cumplimiento dicho.

Primeros Pasos

Antes de recorrer el sistema judicial, usted deberá hablar con su abogado acerca de contactar su oficina local de cuota alimentaria. El Departamento de Ingresos Públicos de Florida (DOR, por sus letras en ingles) está autorizado para tomar una variedad de acciones para obligar al cumplimiento de las ordenes de cuota alimentaria. De otra manera, usted tendrá que exigir el cumplimiento de su orden mediante el envío de una solicitud escrita a la Corte. A esto se le denomina presentar una “una solicitud por desacato civil”. Una vez que ha sido aprobada, usted recibirá la notificación de la fecha para la audiencia a la que usted y el otro padre debe comparecer.

La Audiencia

Cuando lleguen a su audiencia, usted y su abogado tendrán que demostrar que su orden de asistencia alimentaria es válida y está firmada por un juez. También tendrá que probar que, aunque el otro padre tiene capacidad de pago, no ha estado pagando la cuota alimentaria de acuerdo con la orden judicial. Si el toro padre cree que no tiene capacidad de pago, la carga de la prueba para probarlo cae sobre el mismo (lo cual significa que tiene la labor legal). Si usted puede probar su caso en presencia del oficial de la audiencia, una recomendación será dirigida al juez del circuito, quien firmará una orden para retener al padre en desacato que no está realizando el pago.

Órdenes Judiciales

Cuando un padre incumplido es retenido por desacato, el juez puede tomar una amplia variedad de acciones para obligar al cumplimiento de la orden de pago de la cuota alimentaria. El juez puede crear una orden que le ofrezca a usted un remedio para los pagos vencidos y asegurar el cumplimiento de los pagos futuros, o alguna combinación de ambos. La orden judicial puede también ordenar al padre incumplido que reembolso los costos en que usted ha incurrido para promover la acción de desacato tales como honorarios de abogado, gastos de viaje u costos de testigos expertos.

Acciones Legales Potenciales

Bien sea que usted este empleando la orden judicial o recurriendo a DOR, el padre incumplido puede ser sometido a varias acciones legales diferentes tales como las que se describen a continuación:

  • Enviarle notificación de mora en el pago
  • Suspenderle la licencia de conducir
  • Solicitarle que se presente a una cita con la oficina local de asistencia alimentaria para discutir las opciones de pago
  • Suspender su negocio o licencia profesional o recreacional
  • Deducir el pago de las cuotas pendientes de su salario (denominado “embargo de salario”
  • Deducir el pago de otras fuentes de ingreso como sus beneficios de reempleo, compensación laboral, reembolsos por impuestos federales o ganancias de lotería
  • Embargar sus bienes personales como carro o bote
  • Reporte los pagos pendientes a las oficinas de crédito
  • Iniciar una acción legal en la corte del circuito que puede conducir a un arresto

Teniendo en cuenta las potencialmente graves consecuencias derivadas del incumplimiento en el pago de asistencia alimentaria, se recomienda a los padres que no ejercen la custodia solicitar a la corte las modificaciones que sean necesarias cuando haya cambios en las circunstancias que les impidan realizar los pagos. Si tiene preguntas acerca de las modificaciones, es mejor que las formule a un abogado de familia calificado.

Cuando no disponga de los fondos necesarios para realizar el pago para el cuidado de su hijo, hay mucho en juego en su búsqueda por recursos legales. Contacto un abogado con gran habilidad que se tomara el tiempo para entender sus necesidades individuales. En Rotella & Hernández ofrecemos una combinación de pericia legal, consejo concienzudo y atento servicio. Contacte a nuestro abogado de familia para lograr resultados confiables.

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