ABOGADO COMPASIVO, DEDICADO Y EXPERIMENTADO EN MATERIA DE INMIGRACIÓN

Creemos que la diversidad es una de las fortalezas de América. Con base en esta creencia, hemos hecho de la lucha para proteger y promover los derechos de los inmigrantes en los Estados Unidos nuestra misión. La ley de inmigración es compleja y siempre cambia por esa razón la decisión de contratar un abogado competente no debe ser tomada a la ligera.

Nuestros experimentados abogados de inmigración se reunirán con usted para escuchar, discutir y estudiar cada aspecto de su caso y su circunstancia individual. Trabajaremos con usted para encontrar y brindarle has mejores rutas posibles para lograr sus objetivos generales. Una vez que hayamos identificado sus requisitos de elegibilidad, delinearemos exactamente lo que usted necesita y le daremos instrucciones detallada para obtener toda la documentación necesaria para lograr los beneficios a los que pueda acceder. Nos tomamos el tiempo para trabajar en cada caso con propósito y pericia. Obtenga una cita hoy

PROCESOS DE REMOCION & DEFENSA DE DEPORTACION

Nuestros abogados tienen fuerte respaldo en cuanto a litigio se refiere, en la representación de clientes en detención y defendiendo a los que enfrentan remoción de los EU. Nuestra experiencia incluye casos complejos tales como lo que involucran asuntos penales. También manejamos casos en los que la orden de remoción ya ha sido ingresada y se requiere una apelación o una petición para reabrirlo.

En los casos que involucran asuntos penales, trabajaremos con su asesor de defensa penal para minimizar las consecuencias de inmigración y para asegurarse que cada cliente tenga la más fuerte defensa posible.

Existen numerosas maneras en que nuestra firma pueda asistirle en procesos de remoción y defensa de deportación incluyendo pero no limitada a: Peticiones de Fianza, Bases de Deportación, Asilo, Suspensión de Remoción, Convención contra Tortura (CAT, por sus letras en ingles), Cancelación de remoción, Exenciones de Inadmisibilidad, DACA, Visas U, VAWA, NACARA, Situación de Protección Temporal (TPS, por sus letras en ingles), Ajuste por familiares, Entrevistas de Matrimonio, DOMA, por sus letras en inglés y Beneficios de Inmigración, Exenciones provisionales, Naturalización, Peticiones para reabrir, Apelaciones BIA, Defensa penal de extranjero, y Apelaciones Federales.

PETICION DE FIANZA

Muchas veces un individuo que es detenido por la agencia de Exigibilidad de Inmigración y Aduanas puede reunir los requisitos para una fianza aun si tiene historia criminal. Nuestra firma tiene amplia experiencia en la elaboración y discusión de las mociones de fianza ante las Cortes de Inmigración. Nuestra firma también tiene experiencia en obtener la liberación de un individual por la autoridad del Departamento de Seguridad Nacional para otorgarle libertad condicional a un individuo que se encuentra bajo custodia.

ASILO

Cada año miles de personas vienen a los Estados Unidos en búsqueda de protección porque han sufrido persecución o temor de que sufrirán persecución en su país de origen en razón de su raza, religión, nacionalidad, opinión política o membresía en un grupo social particular

SI usted reúne los requisitos para asilo, puede ser autorizado por permanecer en los Estados Unidos. También puede incluir en su solicitud a su cónyuge e hijos (que no se han casado y son menores de 21 años) que se encuentran en los Estados Unidos o puede incluirlos en cualquier momento antes de que se haya tomado una decisión final en su caso. Cada caso es único, y va a necesitar consejo experto para guiarle a lo largo del dispendioso proceso de solicitud.

RESIDENCIA LEGAL PERMANENTE (TARJETA VERDE)

Un Residente Legal Permanente es alguien a quien se le ha otorgado autorización para vivir y trabajar en los Estados Unidos en forma permanente. Existen muchas maneras de convertirse en residente permanente en los Estados Unidos. Las mismas pueden incluir situaciones en los que hay miembros de su familia que son ciudadanos de los EU o son titulares de la tarjeta verde, a usted le han ofrecido empleo en los EU, usted es refugiado o asilado, tiene situación de Inmigrante Juvenil Especial, y muchas otras vías.

CIUDADANIA

Si usted reúne ciertos requisitos, puede que sea elegible para convertirse en ciudadano de los Estados Unidos bien sea por nacimiento o posteriormente durante su vida.

  • Para convertirse en ciudadano por nacimiento, usted debe:
  • Haber nacido en los Estados Unidos o determinados territorios no incorporados, y sujetos a la jurisdicción de los Estados Unidos; O
  • Tener un padre o padres que son ciudadanos al momento de su nacimiento (si nació en el exterior) y reunir otros requisitos

Para convertirse en ciudadano con posterioridad al nacimiento, usted debe:

  • Solicitar ciudadanía “derivada” o “adquirida” a través de los padres: o
  • Presentar solicitud de ciudadanía

PETICIONES FAMILIARES

Los ciudadanos de los Estados Unidos, residentes legales permanentes y refugiados admitidos en los Estados Unidos en los últimos 2 años, o asilados a quienes se les haya otorgado asilo dentro de los 2 años anteriores pueden presentar peticiones para sus familiares y/o futuros familiares tales como prometido(a) o un prospecto de hijo adoptivo que inmigrará en los Estados Unidos.

EXENCIONES DE INADMISIBILIDAD

Un individuo que intenta ingresar en los Estados Unidos u obtener residencia debe ser susceptible de ser admitido en los Estados Unidos. Para ser admisible, no puede encontrarse incluido en una de las clases de individuos que son considerados inelegibles por la ley para ingresar a los Estados Unidos. La ley de inmigración de los EU dispone que cierta clase de individuos no pueden ser admitidos sin una exención o excepción.

VISAS DE INVERSIONISTA O RELACIONADAS CON EMPLEO

Existen muchas opciones disponibles para obtener visas de inversionista o relacionadas con empleo incluyendo, pero no limitada a L-1 Ejecutivo de Multinacional, H-1 Profesionales, E-1 Comerciante de Tratado, E-2 Inversionista de Tratado, O-1 Habilidad Extraordinaria, visas P para artistas y profesionales del entretenimiento, E-3 para nacionales australianos, B-1 para viajeros por negocios, visas I para periodistas y visas Q de intercambio cultural.

ACCION DIFERIDA PARA LLEGADA DE INFANTES (DACA, por sus letras en ingles) – SOÑADORES

Ciertos individuos que vienen a los Estados Unidos siendo niños y se ajustan a ciertos parámetros, pueden solicitar consideración de acción diferida para un periodo de dos años, sujeta a renovación. Si reúne los requisitos para la acción diferida, puede ser elegible para recibir autorización/permiso de trabajo.

En junio de 2014, el Presidente Obama también extendió DACA para permitir a los individuos a quienes ya se les había autorizado acción diferida para renovar por un periodo adicional de dos (2) años.

APELACIONES DE LA JUNTA DE INMIGRACION (BIA, por sus letras en ingles)

La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) es la máxima entidad administrativa para la interpretación y aplicación de las leyes de inmigración. A BIA se le ha reconocido jurisdicción a nivel nacional para conocer de las apelaciones de ciertas decisiones tomadas por jueces de inmigración y por directores de distrito del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus letras en ingles) en una amplia variedad de procesos. Nuestra oficina puede asistirle en los procesos de apelación de inmigración en una variada gama de situaciones.

PETICION PARA REABRIR/PETICION PARA RECONSIDERAR

Una parte puede intentar presentar una petición para reabrir un proceso con un juez de inmigración o con la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) después de que la decisión ha sido tomada en su caso o apelar para que sean considerados nuevos hechos o evidencia. Como regla general, una petición para reabrir debe presentarse dentro de los 90 días siguientes a la orden final emitida por el juez de inmigración o la decisión administrativa de BIA. Sin embargo, existen algunas excepciones a esta regla. Solamente en circunstancias y con excepciones muy específicas una parte puede presentar la petición fuera del periodo límite de tiempo o presentar más de una petición para reabrir.

Una petición para reconsideración puede referirse a un error en la ley o en un hecho en la decisión anterior del juez de inmigración o de BIA, o a un cambio en la ley que afecta la decisión del juez de inmigración o de BIA, y se le solicita al juez o a BIA que reexamine la disposición o la decisión. Una petición de reconsideración se basa en el registro existente y no tiene por objeto presentar nuevos hechos o evidencia. Como regla general, una petición de reconsideración debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a la decisión administrativa final.

CRIMIGRACION

Crimigracion constituye las consecuencias de inmigración asociadas con la actividad criminal.

Si está enfrentando acusación penal y es residente legal permanente o extranjero ilegal, puede estar sujeto a deportación. Los abogados de nuestra firma tienen experiencia en defensa penal y son versado en las consecuencias de inmigración asociadas con la actividad penal. Es importante contratar los servicios de un abogado defensor en materia penal que es experto en el campo de la ley de inmigración.

RETENCIONES O DETENCIONES DE INMIGRACIÓN

Por su experiencia en asuntos penales y de inmigración, los abogados de Rotella & Hernández tienen un record probado de éxito en el levantamiento de retenciones y/o detenciones en materia de inmigración. En muchos casos penales, la patrulla fronteriza, las autoridades de protección de aduanas y fronteras, y las agencias de cumplimiento de la ley de inmigración y de aduanas le aplican una retención a un individual que está a punto de terminar su sentencia penal evitando de esa manera que sea puesto en libertad. En razón de dicha retención y/o detención, estos individuos frecuentemente continúan retenidos por tiempo adicional en una detención por inmigración. Nuestra oficina ha levantado en forma exitosa las retenciones y detenciones de inmigración, evitando de esta manera que dichos individuos tengan que permanecer por tiempo adicional en detención por inmigración.

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